martes, 22 de septiembre de 2009

Comprobantes de pago de cuota

Compañeros/as : es importante que controlen el pago de la cuota anual de colegio, para los ejercientes son 100 € y 80€ para lo que no ejercen . Si pueden hacer un escáner y reenviar al colegio por correo electrónico a aquellas personas que han hecho el pago por si mismos. Gracias.

A los que se les extrajo de sus cuentas, con las autorizaciones envidas en su oportunidad con un aviso de pago por correo electrónico es suficiente ( colegiologopedascyl@yahoo.es y su número de colegiado en el asunto) además recomendamos que guarden para la próxima asamblea colegial constituyente, el comprobante de pago para que puedan ejercer el voto.

Recordar: aquellos compañeros que no puedan asistir, podrán hacer su voto por correo según consta en los estatutos vigentes. Por ello la cuota colegial y su resguardo al día es imprescindible para poder ejercer ese derecho.

Cuando tengamos las listas, pasaremos a comunicar los integrantes y luego les enviaremos a vuestros domicilios los impresos con las listas que así deseen presentarse.

El tiempo para realizarlo están en los estatutos y las listas de colegiados están a disposición de todas las listas que presenten la nota a esta Sede provisoria c/ Parra 18 3º C 09002 de Burgos, expresando el deseo de ser autoridad de este colegio. En caso de tener dudas. solicitar las nomas que están en los estatutos , vigentes. No dude en solicitarlo aquellos colectivos que deseen presentarse como candidatos.- Realizamos un adelanto para que puedan organizarse aquellos que estén interesados.
ARTICULO 45. Tendrán derecho a ser elegidos todos los colegiados que estén al corriente de sus obligaciones colegiales, excepto los afectados por una sanción firme que comporte la suspensión de actividades colegiales en general o la limitación de sus derechos. Los colegiados no ejercientes no podrán ser candidatos al cargo de Presidente.
ARTICULO 46. Sólo podrán concurrir a las elecciones candidaturas completas en las que estén todos los cargos de la Junta a elegir, integrados por colegiados ejercientes. Las candidaturas deberán formarse indicando el cargo al cual opta cada candidato, los cuales deberán firmar su aceptación de formar parte de la misma. El Presidente y el Vicepresidente serán de distintas provincias castellano-leonesas.Nadie podrá presentarse como candidato a más de un cargo o candidatura.Las candidaturas deberán estar avaladas al menos con el cinco por ciento de los colegiados, excluidos los propios candidatos.
ARTICULO 47. 1.- La convocatoria de elecciones se efectuará por la Comisión Gestora con al menos cuarenta y cinco días naturales de antelación a la fecha de celebración, y hará pública al mismo tiempo la lista de colegiados con derecho a voto, que será fijada en los tablones de anuncios de la sede del Colegio. 2.- Los colegiados que deseen formular alguna reclamación contra las listas de electores la formalizarán en el plazo de cinco días naturales de haber sido expuestas. Estas reclamaciones se resolverán por la Comisión Gestora dentro de los tres días naturales siguientes al de la expiración del plazo para formularlas, y la resolución deberá ser notificada a cada reclamante dentro de los diez días siguientes. Asimismo la lista electoral, tras la resolución de reclamaciones, será expuesta en el tablón de anuncios. 3.- Las candidaturas, que incluirán todos los cargos de la Comisión Gestora, se presentarán en la secretaría del Colegio, debidamente firmadas por todos los que la suscriben y con expresión de su lugar de residencia (declaración jurada o certificado) dentro de los quince días naturales siguientes a aquel en que se haga pública la convocatoria.La Comisión Gestora hará pública la relación de candidaturas dentro de los cinco días naturales siguientes a la expiración del plazo previsto en el párrafo anterior.Contra la lista de candidaturas podrá efectuarse reclamación en los tres días naturales siguientes a su publicación en el tablón de anuncios del Colegio. Las reclamaciones se resolverán por la Comisión Gestora dentro de los tres días naturales siguientes al de expiración del plazo para formularlas y, tras la resolución de las mismas, serán expuestas en el tablón de anuncios.A partir de la publicación de la lista definitiva de candidatos, se emitirá el voto por correo.4.- La Secretaría del Colegio confeccionará una relación con la copia literal de las candidaturas presentadas, y las remitirá a los colegiados con la papeleta de voto correspondiente y los sobres e instrucciones para la emisión del voto por correo. 5.- En el caso de presentación de una única candidatura, ésta quedará elegida por aclamación. 6.- El candidato a Presidente por cada candidatura podrá presentar brevemente las circunstancias de los candidatos y el programa de su candidatura en acto convocado al efecto.
ARTICULO 48. 1.- El día fijado para las elecciones se constituirá, en los locales y hora previstos en de la convocatoria, la Mesa Electoral que será la que dirija la votación y sus circunstancias. Dicha mesa estará formada por tres personas elegidas por la Comisión Gestora mediante sorteo publico entre todos los colegiados que se hayan presentado para formar parte de la misma y, en su defecto, entre todos los colegiados asistentes. Ninguno de los miembros de dicha mesa será candidato. 2.- El colegiado de más edad será presidente de Mesa y los dos de menor edad serán secretario y vocal. 3.- Cada candidatura podrá designar entre los colegiados un interventor que la represente en las operaciones electorales.4.- Los colegiados habrán de votar en el lugar y local designado al efecto. En la mesa electoral se encontrará la urna. Constituida la mesa electoral, su presidente indicará el inicio de la votación, y a la hora prevista para finalizar se cerrarán las puertas de la sala y sólo podrán votar los que se encuentren dentro de la misma.5.-A continuación y previa la oportuna comprobación, se introducirán dentro de la urna los votos que hayan llegado por correo certificado con los requisitos establecidos. La Comisión Gestora determinará el horario de la elección que tendrá una duración mínima de ocho horas.6.- Los electores votarán utilizando exclusivamente una papeleta. Previa identificación fehaciente del elector se entregará la papeleta al presidente, el cual la depositará en la urna, en presencia del votante. El secretario de la mesa señalará en la lista de colegiados los que vayan depositando su voto.
ARTICULO 49. Del voto por correo
Los colegiados podrán emitir su voto por correo de acuerdo con las normas siguientes.
1. En un sobre blanco se introducirá la papeleta oficial de votación doblada.2. Este sobre blanco se introducirá en otro en el cual será preciso añadir una fotocopia del DNI o documento que lo sustituya.3. Este segundo sobre se enviará al Colegio Profesional de Logopedas de Castilla y León, por correo certificado, dirigido al presidente y con la aclaración siguiente: Para las elecciones que tienen que celebrarse el día (fecha que corresponda).4. Solamente se computarán los votos emitidos por correo certificado que cumplan los requisitos más arriba establecidos y se reciban en la Secretaria del Colegio con dos días naturales de antelación.
ARTICULO 50. Concluida la votación se procederá al escrutinio. Serán declaradas nulas aquellas papeletas que contengan expresiones ajenas al contenido de la votación o borrones que imposibiliten la perfecta identificación de la voluntad del elector y aquellas que nombren más de una candidatura o una candidatura incompleta. Finalizado el escrutinio, el presidente de la Mesa anunciará el resultado y proclamará electa la candidatura que haya obtenido el mayor número de votos. En caso de empate se entenderá elegida la candidatura cuyo Presidente tenga mayor antigüedad en el Colegio. Del resultado se levantará acta que será firmada por los interventores y por todos los miembros de la mesa y que se publicará en el tablón de anuncios del Colegio.Los miembros elegidos de la Comisión Gestora tomarán posesión de los cargos en un plazo máximo de quince días desde la fecha de la elección. Los nombramientos serán comunicados a la Consejería de Presidencia y Administración Territorial.

sábado, 12 de septiembre de 2009

Lectura de Revistas de la Especialidad

www.revistacefac.com.br/

Para aquellos que puedan leer en portugués o en inglés es muy recomendable esta Revista del Centro CEFAC de Brasil.- La incorporación al sistema de lectura es muy sencillo y los adelantos que plantean los artículos nos pueden servir para nuestro trabajo cotidiano.-

Un saludo a todos.-