sábado, 4 de diciembre de 2010

Decretos y Normativas

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Ley 1/2005, de 23 de marzo, de creación del Colegio Profesional de Logopedas de Castilla y León.


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Real Decreto 1277/2003, de 10 de octubre, por el que se establecen las bases generales sobre autorización de centros, servicios y establecimientos sanitarios.

U.61 Logopedia: unidad asistencial en la que un logopeda es responsable de realizar la prevención, el estudio y la corrección de los trastornos del lenguaje.( Aspecto incompleto al que estamos elaborando una modificación de ser posible de esto se ocupa un abogado).-
LEY 11/1998 PARA LA DEFENSA DE LOS CONSUMIDORES Y USUARIOS


La Comunidad Autónoma de Castilla y León, en ejercicio de sus competencias, ha establecido un nuevo marco jurídico para garantizar la defensa de los consumidores y usuarios, protegiendo su seguridad, su información y la educación de los mismos y el fomento de sus organizaciones.

En la Ley 11/1998 de 5 de Diciembre de Diciembre, para la defensa de los Consumidores y Usuarios de Castilla y León, hemos introducido novedades importantes, elevando el nivel de la protección y defensa, situando a nuestras Comunidad Autónoma entre las de carácter más avanzado de nuestro entorno jurídico.

Artículo 19.-

1.- En el ámbito de sus competencias las Administraciones Públicas de Castilla y León desarrollarán campañas de vigilancia, inspección y análisis encaminados a la protección de la salud y seguridad de los consumidores y usuarios y la defensa de sus legítimos intereses económicos.

2.- Los niños, ancianos, discapacitados físicos o psíquicos, inmigrantes y, en general, aquellos consumidores y usuarios que de una forma individual o colectiva se encuentren en una situación de inferioridad o indefensión, deberán recibir una protección especial en relación con los bienes y servicios puestos a su disposición.

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